Micelio

Artículo 2

Para Cumplir Lo Dispuesto En El Artículo Anterior Destínase La Cantidad De Trescientos Mil Pesos ($ 300,000) Moneda Corriente, Que Se Tomarán Del Capítulo 59, Artículo 593, Del Presupuesto Nacional Vigente, Suma Que Será Girada Por El Ministerio De Higiene En Cuotas Proporcionales, Al Pagador Almacenista De La Dirección Departamental De Higiene Del Huila

Decreto 818 de 1951 · Por el cual se organiza la campaña sanitaria en el Departamento del Huila

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para cumplir lo dispuesto en el artículo anterior destínase la cantidad de trescientos mil pesos ($ 300,000) moneda corriente, que se tomarán del Capítulo 59, artículo 593, del Presupuesto Nacional Vigente, suma que será girada por el Ministerio de Higiene en cuotas proporcionales, al Pagador Almacenista de la Dirección Departamental de Higiene del Huila.

Parágrafo

La partida de $ 16.666.69, con destino a la dotación del Laboratorio de la Dirección Departamental de Higiene; se girará al mismo Pagador Almacenista, en un solo contado, al iniciarse la vigencia del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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