Las facturas a que se refiere el artículo anterior deberán estar en un todo de acuerdo con las declaraciones de aduana que se expiden para cada encomienda, y en las cuales se debe anotar, de conformidad con las Convenciones Postales; oficina de origen, lugar de destino, nombre del destinatario, número de la encomienda, clase de ésta, detalle del contenido, valor de la mercancía, peso, fecha de imposición al correo y firma del expedir o remitente.
Artículo 55
Las Facturas A Que Se Refiere El Artículo Anterior Deberán Estar En Un Todo De Acuerdo Con Las Declaraciones De Aduana Que Se Expiden Para Cada Encomienda, Y En Las Cuales Se Debe Anotar, De Conformidad Con Las Convenciones Postales; Oficina De Origen, Lugar De Destino, Nombre Del Destinatario, Número De La Encomienda, Clase De Ésta, Detalle Del Contenido, Valor De La Mercancía, Peso, Fecha De Imposición Al Correo Y Firma Del Expedir O Remitente
Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.