Modifíquense los numerales 2, 3 y 6 del artículo 2.40.1.2.1 del Decreto número 255 de 2010, el cual quedará así: “2. Para cumplir con el deber de asesoría exigido para el desarrollo de las actividades d intermediación previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 7.1.1.1.2 del presente decreto. En el caso de los contratos de administración de valores que hacen parte del numeral 1 del citado artículo, esta asesoría debe prestarse al momento de la recepción de las instrucciones generales de inversión de que trata el numeral 6 del artículo 2.9.6.1.2 del presente decreto”. “3. Para la celebración de contratos de administración de portafolios de terceros”. “6. Para la celebración de negocios fiduciarios que tengan por finalidad invertir en valores, ya sea a través de contratos de fiducia mercantil o de encargo fiduciario”.
Decreto 1239 de 2024 →Vigente
Artículo 21
Modifíquense Los Numerales 2, 3 Y 6 Del Artículo 2
Decreto 1239 de 2024 · por el cual se modifica el Decreto número 2555 de 2010 en lo relacionado con los diferentes instrumentos que contribuyen a la liquidez del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.