Micelio

Artículo 9

No Obstante Lo Dispuesto En El Artículo 8° De Este Reglamento, Los Patronos Comprendidos En El Primer Contingente Están Obligados A Inscribirse Y A Inscribir A Sus Respectivos Trabajadores En El Plazo Fijado, Sin Que Sea Indispensable Para Ello El Requerimiento Previo De Los Inspectores Del Instituto

Decreto 722 de 1949 · Por el cual se aprueba el Reglamento de Inscripciones del Primer Contingente de Afiliados al Seguro Social Obligatorio de Enfermedad-Maternidad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. No obstante lo dispuesto en el artículo 8° de este Reglamento, los patronos comprendidos en el primer contingente están obligados a inscribirse y a inscribir a sus respectivos trabajadores en el plazo fijado, sin que sea indispensable para ello el requerimiento previo de los Inspectores del instituto. CAPITULO III Inscripción de los trabajadores .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 722 de 1949