Artículo segundo. Reemplázase el modelo FC-4, para facturas consulares por el que se denominará FC-5, el cual deberá ajustarse, en sus aspectos sustanciales, a las mismas especificaciones del modelo anterior, aunque con las modificaciones de forma que en seguida se expresan: Anverso. En la parte superior izquierda se pondrá la leyenda "Modelo FC-5", y debajo de ésta el número de orden general correspondiente a la edición respectiva autorizada por la oficina distribuidora, con el distintivo alfabético de la serie emitida. Cada serie se numerará partiendo de la unidad hasta el número 50.000 inclusive. En el centro, bajo la leyenda: "Factura Consular (expedida por cuadruplicado), se agregará: "De acuerdo con el artículo 1° del Decreto… de 1947". En la esquina inferior derecha se pondrá la siguiente leyenda, en bastardilla: "Los 4 ejemplares reglamentarios de esta factura y las copias extras de la misma han sido suministrados por el Consulado General de Colombia en Nueva York, y vendidos por el Consulado en… al precio de US $0.50, cada hoja (Decreto… 1947". En letras gruesas: "DERECHOS DE REFRENDACION CONSULAR, US$ 4.00". Reverso. Contendrá las declaraciones y certificaciones conjuntas, escritas en español e inglés, a que se refiere el Decreto 1191 de 1946.
Decreto 2496 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Del Decreto… De 1947"
Decreto 2496 de 1947 · Por el cual se reglamenta el artículo 20 de la Ley 60 de 1946 y se dictan otras disposiciones sobre formularios para facturas consulares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.