El que sin permiso de la autoridad competente transporte de un lugar a otro pólvora o materias explosivas, en cantidad superior a sus necesidades o las de su industria, o sin las precauciones debidas para evitar daños a terceros, será castigado con arresto de tres a veinte días, y multa de diez a sesenta pesos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.