Micelio

Artículo 1

Decreto 316 de 1931 · Por el cual se concede una franquicia postal transitoria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Concédese franquicia en los correos nacionales, dentro de los límites y condiciones reglamentarias, para la correspondencia manuscrita e impresa que dirija el señor Alfonso Mejía Robledo, en su calidad de Presidente de la Exposición Nacional Industrial y Artística que habrá de celebrarse en esta capital al finalizar el presente año, y para las encomiendas con peso hasta de veinte (20) kilogramos cada una, sin pasar de cincuenta (50) kilogramos en cada envío, destinadas a tal Exposición, o que ésta devuelva a los remitentes.

Parágrafo

De la franquicia de que trata el artículo anterior podrá hacerse uso hasta el 15 de febrero de 1932. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 316 de 1931