º . Otras formas de organización funcional. Cuando, atendiendo las necesidades, los intereses y las particularidades de los deportistas con discapacidad, la Federación Paraolímpica determine una forma de organización diferente a la regulada en el artículo 3º de este decreto, se sujetará a las disposiciones generales al respecto, contenidas en el Decreto-ley 1228 de 1995 en sus normas reglamentarias y a las especiales dispuestas en la presente norma que le sean aplicables.
Decreto 2080 de 1996 →Vigente
Artículo 4
Decreto 2080 de 1996 · por el cual se reglamenta la Federación Paraolímpica.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.