Seguimiento y armonización del Plan Nacional de Desarrollo. El Consejo Nacional de Planeación y el Sistema Nacional de Planeación harán seguimiento y formularán recomendaciones para la armonización del Plan Nacional de Desarrollo con los planes territoriales y sectoriales, y presentarán un concepto sobre los avances de esta armonización al Gobierno Nacional, por lo menos una vez al año. El Gobierno Nacional y los gobiernos territoriales darán a los consejos el apoyo necesario para el cumplimiento de estas labores.
Ley 508 de 1999 →Inexequible
Artículo 126
Ley 508 de 1999 · por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo para los años de 1999-2002Declarado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.