Micelio

Artículo 4

Las Autoridades De Policía Disolverán Las Reuniones, Manifestaciones O Desfiles Que Se Lleven A Cabo Sin La Correspondiente Autorización, Que Se Verifiquen En Sitios Distintos De Los Señalados O Que Degeneren En Asonada O Tumulto

Decreto 2285 de 1966 · Por el cual se dictan disposiciones sobre el derecho de reunión durante la permanencia del estado de sitio

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las autoridades de Policía disolverán las reuniones, manifestaciones o desfiles que se lleven a cabo sin la correspondiente autorización, que se verifiquen en sitios distintos de los señalados o que degeneren en asonada o tumulto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2285 de 1966