º. Término para estudiar la procedencia y pago de las solicitudes de recobro objeto de divergencias recurrentes . El Ministerio de Salud y Protección Social o la entidad que se defina para el efecto, deberá adelantar el estudio de las revisiones de recobros frente a los que se predique divergencia recurrente e informar a la entidad recobrante el resultado del mismo, a más tardar dentro de los tres (3) meses siguientes a su radicación, plazo dentro del cual, se efectuará el pago de las solicitudes que cumplan con el lleno de los requisitos.
Decreto 1865 de 2012 →Vigente
Artículo 6
Término Para Estudiar La Procedencia Y Pago De Las Solicitudes De Recobro Objeto De Divergencias Recurrentes
Decreto 1865 de 2012 · por el cual se reglamenta el artículo 122 del Decreto-ley 019 de 2012
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.