Micelio

Artículo 6

La Caución Debe Ser Otorgada Ante El Personero Municipal Y A Favor Del Mmunicipio Y Puede Ser Hipotecaria, Prendaria O Personal

Decreto 502 de 1923 · Por el cual se reglamentan las Leyes 37 de 1921 y 32 de 1922 sobre seguro colectivo obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La caución debe ser otorgada ante el Personero Municipal y a favor del Mmunicipio y puede ser hipotecaria, prendaria o personal.

Parágrafo

Cuando la caución sea personal, debe quedar constituída por dos fiadores que llenen las condiciones exigidas por el artículo 2376 del Código Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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