Artículo segundo. Declárense insubsistentes los siguientes nombramientos: el de Mayordomo-Herramientero de la Escuela Vocacional Agrícola de Pasto, hecho al señor José Diomedes Achicancy, a partir del 1º de julio; el de Profesor de Cultura de la Escuela Vocacional Agrícola de Santa Isabel (Tolima), con efectos desde el 1º de agosto; los de Director de la Escuela Vocacional Agrícola de Aranzazu, Profesor de Cultura y Mayordomo Herramientero de este mismo plantel, recaídos, respectivamente, en los señores Edmundo Quevedo, José Suárez y Salomón Zuluaga, a partir del 1º de agosto. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2715 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2715 de 1947 · Por el cual se clausuran unas Escuelas Vocaciones Agrícolas y se declaran insubsistentes unos nombramientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.