º . Formulación de los proyectos. Las solicitudes de cofinanciación de proyectos de infraestructura y estudios de preinversión deberán ser presentadas por las Entidades Territoriales a la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME, la cual verificará el cumplimiento de lo establecido en los artículos 14 y 15 de este decreto.
En la formulación de los proyectos de infraestructura y estudios de preinversión que se presenten a consideración de la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME, las entidades territoriales tendrán en cuenta la metodología de presentación de proyectos definida por el Departamento Nacional de Planeación.