Micelio

Artículo 1

Créase, Transitoriamente, Y Mientras Las Necesidades De Orden Público Lo Exijan, La Jefatura Civil Y Militar De Cunday, Con Jurisdicción En Los Municipios De Cunday, Villarrica, Carmen De Apicalá E Icononzo, En El Departamento Del Tolima; Pandi Y Ospina Pérez, En Cundinamarca, Y El Corregimiento De Núñez, En El Distrito Especial De Bogotá

Decreto 2931 de 1955 · Por el cual se crea la Jefatura Civil y Militar de Cunday

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Créase, transitoriamente, y mientras las necesidades de orden público lo exijan, la Jefatura Civil y Militar de Cunday, con jurisdicción en los Municipios de Cunday, Villarrica, Carmen de Apicalá e Icononzo, en el Departamento del Tolima; Pandi y Ospina Pérez, en Cundinamarca, y el Corregimiento de Núñez, en el Distrito Especial de Bogotá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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