º. Con el fin de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios públicos, y en especial, los relativos a educación y salud, y con ocasión de la liquidación del contrato a que hace referencia el artículo 2º del presente Decreto, los activos de la concesión que actualmente se encuentran afectados a la prestación de un servicio público, deberán ser transferidos por parte del IFI, a las autoridades competentes.
Decreto 1376 de 1994 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 1376 de 1994 · por el cual se dictan normas relativas a la explotación de los yacimientos de sal marina ubicados en el territorio indígena de Manaure y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.