Por Resolución Posterior El Ministerio De Gobierno Fijará El Número De Vehículos Para La División Bogotá
Decreto 537 de 1950 · Por el cual se reglamenta el artículo 6° del Decreto número 755 de 1949
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Por resolución posterior el Ministerio de Gobierno fijará el número de vehículos para la División Bogotá.
Parágrafo
La Dirección General, por medio de resolución, determinará el consumo de gasolina para cada vehículo dentro del límite señalado por el artículo 7° del mencionado Decreto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.