º Serán de cargo de los Municipios los gastos de viaje de los alumnos notoriamente pobres designados para concurrir á la opción de becas en las Escuelas Nórmales.
Decreto 555 de 1909 →Vigente
Artículo 6
º Serán De Cargo De Los Municipios Los Gastos De Viaje De Los Alumnos Notoriamente Pobres Designados Para Concurrir Á La Opción De Becas En Las Escuelas Nórmales
Decreto 555 de 1909 · Por el cual se reglamenta la adjudicación de becas en las Escuelas Normales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.