Micelio

Artículo 14

Operaciones De Reporto Pasivas

Decreto 2977 de 2004 · por medio del cual se establecen las condiciones y límites a los que deben sujetarse las inversiones de los Fondos de Cesantía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Operaciones de reporto pasivas . Las sociedades administradoras de fondos de cesantía podrán celebrar con los activos de los fondos, operaciones de reporto pasivo en una cuantía no superior al 5% del valor del fondo y únicamente para atender solicitudes de retiros o gastos del fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2977 de 2004