Ley 13 de 1934 · POR LA CUAL SE ABREN UNOS CRÉDITOS ADICIONALES AL PRESUPUESTO DE LA VIGENCIA EN CURSO
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo 2° Para sueldos de los empleados de las Secretarias de las Cámaras Legislativas, en veintinueve días de sesiones extraordinarias y empleados permanentes, en diez y seis días de receso del Congreso, así:
Artículo 2° Abrense a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1934, los siguientes créditos adicionales:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.