Micelio

Artículo 2

Mientras No Se Levante El Aplazamiento Ordenado En El Presente Decreto, Y De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 1º Del Decreto Legislativo Número 2370 De 1938, La Contraloría General De La República No Podrá Refrendar Giros Ni Constituír Reservas Sobre Las Apropiaciones O La Parte De Ellas Señaladas En El Artículo Anterior

Decreto 265 de 1947 · Por el cual se dictan medidas sobre el ejercicio del Presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Mientras no se levante el aplazamiento ordenado en el presente Decreto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto legislativo número 2370 de 1938, la Contraloría General de la República no podrá refrendar giros ni constituír reservas sobre las apropiaciones o la parte de ellas señaladas en el artículo anterior. Tampoco podrá la Contraloría expedir certificados sobre la existencia de saldos en dichas apropiaciones, con destino a la apertura de créditos o la realización de traslados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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