Para efectos de la sanción, las faltas disciplinarias son:
1.
Gravísimas
2.
Graves
3.
Leves.
Ley 200 de 1995 · por la cual se adopta el Código Disciplinario Único.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Para efectos de la sanción, las faltas disciplinarias son:
Gravísimas
Graves
Leves.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.