La cuota del patrono y del asegurado, en las cotizaciones del seguro de enfermedad-maternidad, serán iguales las del estado se regularan de acuerdo con la norma del Artículo
16. Vigente desde: 26/12/1946 y hasta el: 26/03/1971
Derogado
Ley 90 de 1946 · Por la cual se establece el seguro social obligatorio y se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La cuota del patrono y del asegurado, en las cotizaciones del seguro de enfermedad-maternidad, serán iguales las del estado se regularan de acuerdo con la norma del Artículo
16. Vigente desde: 26/12/1946 y hasta el: 26/03/1971
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.