Micelio

Artículo 3

Decreto 366 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en los Lazaretos de Agua de Dios y Contratación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Las funciones que correspondían al cargo de Administrador Local de los Lazaretos de Agua de Dios y Contratación, quedan adscritas al Médico Director, quien en lo sucesivo se denominará Médico Director General del Lazareto respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 366 de 1951