Micelio

Artículo 11

Ley 68 de 1983 · por la cual se dictan normas sobre el impuesto al valor CIF de las importaciones y su destinación, se adoptan normas para el Instituto de Fomento Industrial IFI y la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, se conceden unas facultades y se dictan otras disposiciones en materia tributaria y financiera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo undécimo. Concédese facultades extraordinarias al Presidente de la República, para que en el término de ciento ochenta (180) días contados a partir de la sanción de la presente Ley, dicte las normas conducentes a la reestructuración de la Caja de Crédito Agraria, Industrial y Minero, dentro del siguiente marco general:

1.

Reorganizar la estructura de la administración central, buscando su simplificación y mayor eficiencia, mediante la creación da áreas especializadas, independientes y autónomas que manejen todos los aspectos relacionados con provisión agrícola, semillas, fertilizantes, e inmuebles.

2.

Reorganizar el nivel de la administración regional, buscando la descentralización en el manejo de los oficios regionales, de tal forma que se le otorgue una amplia autonomía administrativa, financiera, crediticia, comercial y bancaria, dotándolos de la infraestructura administrativa requerida para asumir cabalmente esas funciones.

3.

Racionalizar y agrupar las agencias bancarias y de crédito, buscando una cobertura adecuada por parte de la Caja, pero evitando una distribución que genere pérdidas excesivas a la entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 68 de 1983