Montos máximos sujetos de reconocimiento y pago en el sector de gas combustible . Se reconocerá y pagará con cargo al servicio de la deuda del Presupuesto General de la Nación hasta QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL MILLONES DE PESOS ($552.000.000.000), por concepto de los saldos por menores tarifas correspondientes al sector de gas combustible de que trata el artículo 297 de la Ley 1955 de 2019 que se hayan causado a 31 de diciembre de 2019.
Decreto 437 de 2020 →Vigente
Artículo 6
Montos Máximos Sujetos De Reconocimiento Y Pago En El Sector De Gas Combustible
Decreto 437 de 2020 · Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 103 de la Ley 2008 de 2019, para el reconocimiento y pago como deuda pública de los saldos por menores tarifas del sector eléctrico y de gas de que trata el artículo 297 de la Ley 1955 de 2019
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.