°. De la acreditación de las instituciones especializadas . Las Instituciones Especializadas que pretendan certificar la aptitud psicofísica para la tenencia y el porte de armas de fuego, deberán obtener Reconocimiento como Organismos Certificadores de Personas ante el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología, para cada sede en la que pretenda operar, ya sea una única sede, o diferentes sedes de una sociedad o persona jurídica. Las Instituciones Especializadas que hayan obtenido la acreditación bajo la norma ISO/IEC 17024:2003 de acuerdo con el presente Decreto, deberán someterse al menos a una (1) auditoría anual completa de seguimiento por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Decreto 2858 de 2007 →Vigente
Artículo 5
De La Acreditación De Las Instituciones Especializadas
Decreto 2858 de 2007 · por el cual se reglamenta el artículo 11 de la Ley 1119 de 2006 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.