Micelio

Artículo 4

Ley 69 de 1877 · Que crea la Escuela de Injeniería Civil i militar independiente de la Universidad nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se admitirán en la Escuela de Injeniería alumnos internos i estemos. Entre los internos podrá haber hasta treinta pensionados por el Tesoro, los cuales tendrán colocacion como aspirantes en los cuerpos del Ejército permanente, i disfrutarán de una asignación de ciento veinte pesos anuales.

§ 1.° Los treinta alumnos serán: cuatro nombrados por cada une de los Estados de Boyacá, Cauca i Santander, i tres por cada uno de los demas Estados.

§ 2.° Dichos alumnos serán elejidos de preferencia, en igualdad de circunstancias, de entro los hijos o parientes inmediatos de los individuos que hayan muerto en la última guerra, en defensa de las instituciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 69 de 1877