La Junta de Inmigración tendrá un Secretario Tesorero, que será de su libre nombramiento y remoción. Dicho empleado tendrá un sueldo mensual hasta cincuenta pesos ($50), a juicio de la Junta, y asegurará su manejo y rendira sus cuentas de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia.
Ley 52 de 1913 →Vigente
Artículo 2
Ley 52 de 1913 · por la cual se provee a la colonización del Caquetá y el Putumayo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.