Articulo 34. Control fiscal . La Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia fiscal de la Empresa, y dictará reglamentos especiales a fin de agilizar al máximo el cumplimiento de os objetivos industriales y comerciales de la Empresa, y sin que pueda intervenir en su marcha administrativa.
Decreto 811 de 1969 →Vigente
Artículo 34
Control Fiscal
Decreto 811 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa Colombiana de Productos Veterinarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.