Cada Clase Debe Agrupar Los Empleos Similares En Razón: A) De Las Funciones Y Responsabilidades Que Les Son Inherentes; B) De Las Calidades Requeridas Para Tener Acceso A Ellos, Y C) De La Posibilidad De Fijárseles Con Equidad La Misma Remuneración, En Condiciones Similares De Trabajo
Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Cada clase debe agrupar los empleos similares en razón
a)
De las funciones y responsabilidades que les son inherentes;
b)
De las calidades requeridas para tener acceso a ellos, y
c)
De la posibilidad de fijárseles con equidad la misma remuneración, en condiciones similares de trabajo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.