º Dentro de las condiciones anteriores, queda facultado el Ministerio de Guerra para expedir libreta de servicio militar de 2ª clase, a favor de quienes habiendo ingresado a las Fuerzas de Policía, hubieren permanecido en ella un tiempo no menor a dos (2) años.
Decreto 15 de 1959 →Vigente
Artículo 2
Dentro De Las Condiciones Anteriores, Queda Facultado El Ministerio De Guerra Para Expedir Libreta De Servicio Militar De 2ª Clase, A Favor De Quienes Habiendo Ingresado A Las Fuerzas De Policía, Hubieren Permanecido En Ella Un Tiempo No Menor A Dos (2) Años
Decreto 15 de 1959 · Por medio del cual se numeran y radican unos Jueces de Instrucción Criminal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.