El Gobierno Nacional asignará al Incoder los recursos necesarios para financiar el subsidio para adecuación de tierras, el cual se pagará de acuerdo con el reglamento que para tal efecto expida el Consejo Directivo del Incoder. De cualquier forma, se establecerá un pago inicial para el inicio de obras y un pago final, a la comprobación de la realización de las inversiones respectivas. Los aportes de Presupuesto Nacional se ubicarán en el Fondo Nacional de Adecuación de Tierras, Fonat, con el objeto exclusivo de financiar la formulación y realización de proyectos colectivos de adecuación de tierras de iniciativa particular.
En todo caso, el giro de los subsidios y las adquisiciones de tierras deberán someterse al programa anual de caja de la entidad, y se podrá adelantar en todo el territorio nacional, con arreglo a las políticas, criterios y prioridades que señalen el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Consejo Directivo del Incoder.
Los recursos del Fondo Nacional de Adecuación de Tierras, Fonat, provendrán de las siguientes fuentes:
Las partidas que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación.
Los créditos nacionales o externos que, con garantía del Gobierno Nacional, se contraten para el Fondo.
Los aportes que hagan las entidades territoriales.
Los recursos de cooperación técnica que se otorguen para el cumplimiento de su objeto.
Los rendimientos financieros de sus inversiones.
Las donaciones y aportes que le hagan entidades públicas o privadas, nacionales y extranjeras.