Desde la sanción de la presente ley el Municipio de María la Baja (Bolívar) pertenecerá al Circuito Judicial de Cartagena. En consecuencia, los negocios que se hallen pendientes al entrar en vigencia esta Ley, serán remitidos por los Jueces del Carmen de Bolívar a la ciudad de Cartagena.
Ley 144 de 1941 →Vigente
Artículo 1
Ley 144 de 1941 · Por la cual se agrega el Municipio de María la Baja (Bolívar) al Circuito Judicial de Cartagena, se crea una Notaria en aquella población y se dicta otra disposición sobre la misma materia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.