Micelio

Artículo 28

Decreto 114 de 1996 · Por el cual se reglamenta la creación, organización y funcionamiento de programas e instituciones de educación no formal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Constituyen infracciones a lo dispuesto en este capítulo

a)

Falsedad en la información suministrada por la institución de educación no formal para la adopción de las tarifas educativas.

b)

Incumplimiento de los requisitos y criterios señalados en el presente reglamento para la fijación de las tarifas educativas.

c)

Cobro de tarifas educativas y otros cobros por servicios complementarios, superiores y diferentes a los comunicados a las secretarías de educación departamentales y distritales.

d)

Cuando dejen de existir las condiciones de calidad de los programas o servicios ofrecidos que dieron origen a las tarifas educativas. Capítulo V Disposiciones Finales y Vigencia

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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