Contribución con aumentos a la Caja de Sueldos de Retiro . El personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional en servicio activo o que se encuentre en goce de asignación de retiro o sus beneficiarios en goce de pensión, pagaderas por la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, contribuirán con destino a ésta, con el monto del aumento de sus remuneraciones, asignaciones o pensiones, equivalentes a los diez (10) días siguientes a la fecha en que se cause dicho aumento.
Decreto 1091 de 1995 →Vigente
Artículo 30
Decreto 1091 de 1995 · por el cual se expide el Régimen de Asignaciones y Prestaciones para el personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, creado mediante Decreto 132 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.