El permiso de caza deportiva es personal e intransferible así como el carné que se expide a su titular. En caso de pérdida del carné esta debe comunicarse inmediatamente a la oficina más cercana de la entidad que lo expidió o en su defecto ante la alcaldía o ante la autoridad de policía del lugar. Los funcionarios que reciban la comunicación, deberán dar aviso inmediatamente a la oficina más próxima de la entidad administradora del recurso.
Decreto 1608 de 1978 →Vigente
Artículo 101
El Permiso De Caza Deportiva Es Personal E Intransferible Así Como El Carné Que Se Expide A Su Titular
Decreto 1608 de 1978 · Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de Fauna Silvestre
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.