° Pequeños responsables del impuesto sobre las ventas . Los responsables del impuesto sobre las ventas, incluyendo los que realicen la venta de servicios de los numerales 9 a 16 del artículo 476 del Estatuto Tributario, que reúnan las condiciones señaladas en el artículo anterior, podrán acogerse al régimen simplificado del impuesto sobre las ventas, siempre y cuando
No sean responsables por la venta de bienes corporales muebles que hubieren importado;
No realicen ventas por cuenta de terceros, así sea a nombre propio, y
No sean responsables por venta de bienes sometidos a tarifas diferenciales del 35% o del 20%. Cuando se trate de venta de los servicios contemplados en los numerales 1 a 8 del artículo 476 del Estatuto Tributario no serán responsables del impuesto sobre las ventas.