Micelio

Artículo 10

Decreto 3594 de 1982 · Por el cual se reglamentan los literales h) y m) del artículo 2° del Decreto-ley 129 de 1976.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Durante la exhibición de producciones nacionales de largometraje no se presentarán películas colombianas de cortometraje; con todo, si se presentaren, no se podrá hacer efectivo el sobreprecio correspondiente.

Parágrafo

El sobreprecio fijado para la exhibición de largometrajes colombianos, será exclusivamente para el productor de la película.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3594 de 1982