° Recibidas tales relaciones en las Secciones, de Contabilidad de los Ministerios, serán cuidadosamente examinadas, y si se hallaren sin motivo de observación, los Tenedores de: Libros describirán en vista de ellas los asientos á que dieren lugar, y enviarán los duplicados á la Oficina Central de Ordenación, para que allí se haga la respectiva incorporación. En caso de que en alguna de dichas relaciones se observaren pagos hechos sin autorización ó sin las formalidades legales, dichas Secciones devolverán los dos ejemplares de aquéllas al respectivo empleado pagador, con las observaciones á que hubiere lugar, y darán cuenta á la Corte del Ramo para que deduzca la responsabilidad á quien corresponda. Las relaciones mal formadas se devolverán á la Oficina de su procedencia con las observaciones del caso, para que sean corregidas y remitidas nuevamente al respectivo Ministerio.
Decreto 264 de 1910 →Vigente
Artículo 9
° Recibidas Tales Relaciones En Las Secciones, De Contabilidad De Los Ministerios, Serán Cuidadosamente Examinadas, Y Si Se Hallaren Sin Motivo De Observación, Los Tenedores De: Libros Describirán En Vista De Ellas Los Asientos Á Que Dieren Lugar, Y Enviarán Los Duplicados Á La Oficina Central De Ordenación, Para Que Allí Se Haga La Respectiva Incorporación
Decreto 264 de 1910 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre reconocimiento y ordenación de gastos nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.