Micelio

Artículo 14

Decreto 2158 de 1997 · por el cual se desarrolla la estructura orgánica, se determina la visión, misión, funciones y principios de la gestión en la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Departamentos de Policía y Policías Metropolitanas. Para efectos del servicio policial, en los departamentos, áreas metropolitanas y distritos en que políticamente se divida el territorio nacional, el Director General de la Policía Nacional determinará los departamentos de Policía, policías metropolitanas y distritos que se requieran.

Parágrafo

Los Comandantes de Departamento y de Policías metropolitanas representan al Director General de la Policía Nacional en la jurisdicción a que pertenecen y dependen orgánicamente del Director Operativo. TITULO lll DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2158 de 1997