Micelio

Artículo 176

Ley 85 de 1915 · Sobre régimen de las Aduanas de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez cumplidos los requisitos expuestos en el artículo precedente, se extenderá en el libro de registro una diligencia en que consten todos los pormenores de la solicitud de tal registro y de la patente correspondiente, los del arqueo, y las pruebas relativas a la buena pertenencia, estructura, clase, nombre, porte, lugar de la construcción y estado del buque.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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