Micelio

Artículo 1

Ley 60 de 1939 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre tránsito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desde la sanción de la presente Ley solamente podrán expedir pases de choferes y matricular vehículos de tracción mecánica las Direcciones de Circulación y Tránsito establecidas o que se establezcan, con sujeción a las normas y reglamentos que dicte el Ministerio de Gobierno de conformidad con la presente Ley.

Parágrafo

Mientras el Ministerio de Gobierno dicta la reglamentación respectiva, no podrán establecerse nuevas Direcciones de Circulación y las ya establecidas continuarán como hasta el presente, sin que en ningún caso pueda interrumpirse el tránsito de los Municipios, siendo potestativo de las Asambleas de reglamentación del tráfico en sus respectivos Departamentos, de acuerdo con esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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