Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1198 de 1999 · por el cual se reglamenta el artículo 124 de la Ley 388 de 1997

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las resoluciones administrativas de transferencia de unidades habitacionales o comerciales a que se refiere este decreto deberán contener

a)

Nombre, apellido, estado civil, domicilio e identificación del adquirente;

b)

La especificación del inmueble por su ubicación, linderos, nomenclatura, número de matrícula inmobiliaria, registro catastral, área y opcionalmente por el procedimiento de identificación predial prevista en el Decreto 2157 de 1995;

c)

Título antecedente en virtud del cual la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de los Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, adquirió el bien objeto de la resolución;

d)

Constitución del patrimonio de familia en los casos de ley;

e)

Afectación a vivienda familiar, cuando sea el caso; f) precio del inmueble.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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