Micelio

Artículo 3

Ley 71 de 1931 · POR LA CUAL SE INTERPRETA EL ARTÍCULO 6O DE LA LEY 30 DE 1929

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda autorizado el Gobierno para ceder al Departamento del Magdalena los productos del ferrocarril de Santa Marta bajo la condición expresa de que esos productos sean invertidos en las obras públicas que el Gobierno Nacional, de acuerdo con el Departamental, determinen, y que las inversiones sean hechas bajo el control directo del Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 71 de 1931