Micelio

Artículo 3

Compromisos Especiales De Los Ex Integrantes De Las Farc-Ep

Decreto 1716 de 2017 · por el cual se da continuidad al procedimiento para la ubicación, recolección, verificación, registro, extracción, transporte, destrucción, inhabilitación y disposición final del armamento, municiones y explosivos que se encuentren en los depósitos (caletas) de las extintas FARC-EP, en desarrollo de lo pactado en el marco del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Compromisos especiales de los ex integrantes de las FARC-EP. Los delegados de las extintas FARC-EP, en cumplimiento de los puntos 3.1.5 y 3.1.7 del Acuerdo Final, así como del compromiso adquirido mediante el Comunicado Conjunto número 19 de la CSIVI del 29 de mayo de 2017, presentarán ante un delegado de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz toda la información necesaria para culminar el proceso de delimitación y ubicación de las caletas con armamento, municiones y explosivos que no fueron inhabilitados por la Misión de la ONU y que se encuentran en los depósitos (caletas). Asimismo, realizarán el acompañamiento, colaborarán con la información necesaria para adoptar las medidas de seguridad y orientarán en el terreno a los miembros de la Fuerza Pública.

Parágrafo

La coordinación e interlocución con el personal ex integrante de las FARC-EP durante la etapa de ubicación de las caletas estará a cargo de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, que se encargará de garantizar la entrega de la información sobre la ubicación o delimitación de las caletas a los delegados de la Fuerza Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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