Micelio

Artículo 15

Cesión De Bienes Fiscales

Decreto 1428 de 2000 · por el cual se fijan los derechos por concepto de la función registral y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cesión de bienes fiscales. En los instrumentos públicos de cesión o transferencia a título gratuito de bienes fiscales inmuebles, que otorguen o expidan las entidades públicas en los términos de los artículos 58 de la Ley 9º de 1989, modificado por el artículo 95 de la Ley 388 de 1997 y reglamentado por el Decreto 540 de 1998, se aplicará la tarifa única de un mil pesos ($1.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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