° Para facilitar las compras de elementos que el Ministerio de Guerra haga por conducto de Consulados con destino a los servicios de Marina y de Aviación, se autoriza a aquél para tener a manera de fondo rotativo hasta la cantidad de cincuenta mil pesos ($ 50,000) para cada uno de estos servicios en el Consulado de Nueva York, y hasta de quince mil pesos ($ 15,000) para cada uno de los servicios en el Consulado de París, cantidades que se tomarán de las respectivas apropiaciones. Este fondo se renovará cada año.
Artículo 5
° Para Facilitar Las Compras De Elementos Que El Ministerio De Guerra Haga Por Conducto De Consulados Con Destino A Los Servicios De Marina Y De Aviación, Se Autoriza A Aquél Para Tener A Manera De Fondo Rotativo Hasta La Cantidad De Cincuenta Mil Pesos ($ 50,000) Para Cada Uno De Estos Servicios En El Consulado De Nueva York, Y Hasta De Quince Mil Pesos ($ 15,000) Para Cada Uno De Los Servicios En El Consulado De París, Cantidades Que Se Tomarán De Las Respectivas Apropiaciones
Decreto 1194 de 1937 · Por el cual se reglamenta el procedimiento para compra de materiales y elementos con destino a los servicios de Marina y Aviación del ramo de Guerra
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.