Micelio

Artículo 16

Decreto 163 de 1997 · por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 223 de 1995 y la Ley 100 de 1993 en los aspectos tributarios relacionados con el Sistema General de Seguridad Social y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Retiro de aportes voluntarios . Los retiros de aportes voluntarios que no hayan hecho parte de la base para aplicar la retención en la fuente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del presente Decreto, que se efectúen del sistema General de pensiones, de los fondos de pensiones, de que trata el Decreto 2513 de 1987, de los seguros privados de pensiones y de los fondos privados de pensiones en general, o el pago de las pensiones con cargo a tales fondos constituyen, un ingreso gravable para el aportante y estarán sometidos a retención en la fuente por parte de la respectiva sociedad administradora, si el retiro del aporte o el pago de la pensión se produce sin el cumplimiento de los requisitos señalados en la ley para acceder a la pensión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 163 de 1997