º. Para importar el automóvil a que tienen derecho los Oficiales de las Fuerzas Armadas, según los artículos 5º del Decreto 1821 de 1952 y 1º del Decreto 2364 de 1953, deberá acreditar, sin excepción algunas los requisitos exigidos por el Decreto 084 de 1958.
Decreto 2467 de 1958 →Vigente
Artículo 1
Para Importar El Automóvil A Que Tienen Derecho Los Oficiales De Las Fuerzas Armadas, Según Los Artículos 5º Del Decreto 1821 De 1952 Y 1º Del Decreto 2364 De 1953, Deberá Acreditar, Sin Excepción Algunas Los Requisitos Exigidos Por El Decreto 084 De 1958
Decreto 2467 de 1958 · Por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 084 de 1958, y se deroga el 1023 del mismo año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.